Procuraduría confirmó multa e inhabilidad contra los exgerentes de la Triple A
La Procuraduría General de la Nación confirmó la multa e inhabilidad contra los exgerentes de laTriple A, Ramón Navarro Pereira y Julia Margarita Serrano Monsalvo, por el pago a INASSA de servicios no prestados.
En el comunicado, la procuraduría establece que en este fallo de segunda instancia, el órgano de control mantuvo la sanción por el término de 12 años a Navarro Pereira, y redujo a cuatro años la de Julia Margarita Serrano Monsalvo.
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En el informe la procuraduría , confirmó la multa por : "$33.332 millones de pesos impuesta a Navarro Pereira y por $2.140 millones de pesos a Serrano Monsalvo, por permitir que INASSA se apropiara de recursos pertenecientes a Barranquilla, al autorizar pagos por la asistencia técnica en la gestión comercial, operativa, administrativa y técnica respecto a los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, pese a no existir evidencia del cumplimiento del objeto contractual".
En el documento se dio a conocer que: "desde el año 2000, la Triple A remuneró a INASSA mensualmente con el 4.5% del recaudo que por concepto de servicios ingresaban al patrimonio de la sociedad, en la que el Distrito de Barranquilla tiene el 14.5% del capital social, suma equivalente a $19.600 millones de pesos, es decir que durante la vigencia del contrato ese pago superó los $237.000 millones de pesos. En la cuenta oficial de twitter de la procuraduría reseño este hecho".
Procuraduría (@PGN_COL ) confirmó fallo de inhabilidad y multa contra dos exgerentes de la Triple A que permitieron a Inassa la apropiación de más de $237.000 millones
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— Procuraduría ?? | #QuédateEnCasa (@PGN_COL) June 16, 2020
El ente de control evidenció que la conducta de los disciplinados “resultó contraria a los deberes que le compete observar a quien lidera una empresa de servicios públicos”, pues aunque en la autorización de pagos a INASSA intervinieron otras dependencias de la Triple A, no puede excusar el comportamiento de su gerente general, quien no se preocupó por verificar que el contrato implicaba el cumplimiento de obligaciones recíprocas, que la firma asesora incumplió.
Las faltas de Navarro Pereira y Serrano Monsalvo fueron calificadas como gravísimas a título de culpa gravísima, por “apropiarse, directa o indirectamente, en provecho propio o de un tercero, de recursos públicos, o permitir que otro lo haga; o utilizarlos indebidamente”.
El ente de control modificó de seis a cuatro años la inhabilidad impuesta a Julia Margarita Serrano Monsalvo por su colaboración en la investigación disciplinaria que adelantó la Primera Delegada para la Contratación Estatal.
La Sala Disciplinaria de la Procuraduría precisó que el pago de la sanción patrimonial impuesta deberá hacerse a favor del Tesoro Nacional, dentro de los 30 días siguientes a la ejecutoria del fallo. "Contra esta decisión de segunda instancia no procede recurso" dijo la procuraduría.