Café del Mar: rechazan tutela contra Distrito y no podrá reabrir en el baluarte Santo Domingo
El Juzgado Penal 8 del Circuito de Cartagena ha negado la tutela interpuesta por la empresa Café del Mar en contra del desalojo ejecutado en el baluarte Santo Domingo, el pasado 2 de septiembre.
La decisión judicial se produce luego que el restaurante, a través de sus representantes legales Jairo Morad Pérez y Óscar Fernando Arias Charry, alegara que el procedimiento de desalojo vulneró sus derechos fundamentales, como el debido proceso y el derecho a la defensa.
Café del Mar argumentó que la Policía Nacional y la Gerencia de Espacio Público (GEPM) actuaron de manera irregular al incautar el mobiliario necesario para la operación del establecimiento y al continuar con el desalojo a pesar de tener un contrato de arrendamiento vigente.
Sin embargo, el juzgado, tras analizar las pruebas presentadas por ambas partes y el historial del caso, concluyó que el desalojo se llevó a cabo de manera legal y en cumplimiento de una sentencia del Consejo de Estado que ordenó la terminación del contrato de arrendamiento.
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La sentencia del Consejo de Estado, emitida en noviembre de 2022, determinó que el contrato de arrendamiento firmado entre la Escuela Taller Cartagena de Indias (Etcar) y Café del Mar vulneraba los derechos colectivos al goce del espacio público y a la defensa del patrimonio cultural, ya que el canon de arrendamiento era significativamente inferior al valor comercial del inmueble.
La demanda inicial que originó este proceso fue interpuesta en 2014 por el ciudadano David García Gómez, quien denunció que el uso del baluarte Santo Domingo por parte de Café del Mar limitaba el acceso de los ciudadanos a un bien de uso público y que el canon de arrendamiento era irrisorio.
Con esta decisión judicial, autoridades confirman la legalidad del desalojo de Café del Mar y la restitución del espacio público. Con respecto a la tutela instaurada días atrás por Café del Mar, el Juzgado Penal revisó todo el devenir del proceso jurídico, las pruebas allegadas por el Distrito y la legalidad de los aprovechamientos económicos en Bienes de Interés Cultural de la Nación, y declaró como improcedente la tutela, al definir que no hay ninguna prueba que indique que el procedimiento fue ilegal o que hubo vulneración de derechos.
En el oficio, el Juzgado destacó que, desde el 1 de marzo de 2024, por medio del acto administrativo 032, la Etcar dio por terminado el contrato de arrendamiento, lo que fue notificado a la Sociedad Café del Mar.
Ahora bien, el espacio público que era usado por Café del Mar en el Baluarte Santo Domingo no fue del todo recuperado por el Distrito, pues aun el tendal, donde funcionaba la cocina y la barra del restaurante, sigue ocupado con mobiliario. Para que se desaloje esta zona era necesaria una decisión del Tribunal Administrativo de Bolívar, comisionando a un inspector de Policía para que ejecute el procedimiento.
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El pasado 28 de agosto, la Etcar solicitó al Tribunal Administrativo de Bolívar oficiar un despacho comisorio para realizar la diligencia y dar cumplimiento a la sentencia del 13 de agosto de 2019 del mismo tribunal y reiterada en 2022 por el Consejo de Estado.
Posteriormente, el pasado 13 de septiembre, el magistrado Luis Miguel Villalobos comisionó a la Inspección De Policía Comuna 1B, de la Localidad Histórica y del Caribe Norte, para que adelante la diligencia de restitución del bien inmueble. En el documento se ordena también que se notifique por aviso a Café del Mar sobre la decisión.
Tras la orden, la Inspección de Policía va a desalojar por completo el baluarte, y así restituirle el bien al Distrito.