
El Ministerio de Salud informó que entre el año 2024 y lo corrido de 2025 se han confirmado 77 casos de fiebre amarilla en el país, de los cuales 35 personas han fallecido. Así lo reveló el boletín emitido por el ministerio, que detalla que 54 de estos casos y 22 de los fallecimientos corresponden a lo registrado en 2025 hasta la fecha.
Los casos han sido reportados en nueve departamentos. El Tolima concentra la mayoría con 59 personas afectadas, de las cuales 36 continúan con vida y 23 han fallecido. En Putumayo se han registrado 7 casos, con 2 personas vivas y 5 fallecidas.
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En los departamentos de Nariño y Caquetá se reportan 2 casos cada uno. En ambos territorios se ha confirmado una persona fallecida y una viva. En Meta también se notifican 2 casos: uno vivo y otro fallecido.
Adicionalmente, se han confirmado casos fatales en los departamentos de Huila, Cauca, Caldas y Guaviare, con un fallecido en cada uno. En Vaupés se notificó un caso, actualmente con vida.
Luego de la declaratoria de emergencia sanitaria emitida por el Gobierno Nacional, el Ministerio de Salud dio a conocer un paquete de medidas para contener la expansión de la fiebre amarilla en el país.
Las disposiciones buscan fortalecer la capacidad de respuesta del sistema de salud, proteger a la población vulnerable y contener el vector transmisor de la enfermedad.
Entre las 10 medidas anunciadas se encuentra la posibilidad de implementar restricciones a la movilidad en zonas con transmisión activa del virus. Esas acciones deberán ser coordinadas entre las autoridades locales y las fuerzas de policía, garantizando en todo momento la protección de la misión médica.
“Las autoridades territoriales podrán restringir el acceso a áreas con brotes activos, en coordinación con la fuerza pública y garantizando la operación de los servicios de salud”, precisó el Ministerio.
En materia de salud internacional, se exigirá el carné internacional de vacunación contra la fiebre amarilla a los viajeros que ingresen al país.
La vacuna debe haberse aplicado al menos 10 días antes del ingreso a zonas de riesgo. “Esta exigencia se ajustará según las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud para evitar afectaciones al turismo y el comercio”, aclaró la entidad.
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Las EPS deberán garantizar la atención integral de sus afiliados sin barreras administrativas. Se indicó que “no se requerirán autorizaciones para la prestación de servicios relacionados con la emergencia”. Además, deberán utilizar todos los mecanismos técnicos y financieros disponibles para asegurar la vacunación, la prevención y la atención médica.