Isla Grande zona insular de Cartagena
Policía Metropolitana
6 Nov 2021 02:15 PM

Juzgado ordena garantizar agua potable para una población de las islas del Rosario en Cartagena

Laura Vanessa
Rosales Castro
El consejo comunitario del caserío Orika solicitó que se tutelen los derechos de acceso a los servicios de agua y saneamiento básico

El Consejo Comunitario de comunidades negras de la unidad comunera del gobierno rural de las islas del rosario, Caserío Orika, solicitó que se tutelen loa derechos fundamentales de acceso a los servicios de agua y saneamiento básico a favor de la comunidad.

Manifestaron que a día de hoy, la comunidad tiene acceso al servicio de agua a través de la compra que realizan a particulares, quienes la transportan al territorio insular por medio de barcos cisternas, denominados “bongos”, indicando que esta agua no es apta para el consumo humano.

Nosotros tomamos como referente la sentencia de Bocachica, con respecto al tema que mediante un fallo de tutela le garantizaron el derecho al agua potable a la comunidad, en ese entendido las entidades están en la obligación de garantizarle el derecho fundamental a todos los individuos que están dentro del territorio, y por eso vamos direccionados a que nos garanticen ese derecho”, manifestó Dayana Medrano, representante del Consejo Comunitario.

El caserío Orika ubicado en Isla Grande, en las Islas del Rosario de Cartagena, tiene un poco más de 1.000 habitantes que hoy por hoy resultan afectados al no contar con este servicio.

Nosotros no contamos con ningún tipo de servicio público, no tenemos ni agua ni energía eléctrica, y ese es el trabajo que estamos haciendo, de hecho en la actualidad presentamos una acción de tutela para que a su vez respondan por la educación, los niños llevan dos años sin estudiar por el mal estado de la infraestructura y calidad de la institución educativa”, precisó.

Frente a esta situación, el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Cartagena ordenó al Distrito, a la gobernación de Bolívar y a Aguas de Cartagena, en un término no mayor a 30 días iniciar el envío de agua potable al caserío de Orika, “garantizando el debido y suficiente almacenamiento del elemento que a su vez permite garantizar la distribución periódica del mismo, en la medida de lo necesario para los requerimientos de la comunidad afectada”, reza en el fallo.

“En igual sentido, dentro del término de 30 días, las accionadas en referencia deberán garantizar la instalación de dispositivos sanitarios que permitan garantizar mínimamente la separación higiénica de los residuos personales (heces y orines) del contacto humano”.

Fuente
Sistema Integrado de Información