A juicio disciplinario exdirectora de Talento Humano de Cartagena por contratación de la Primera Dama del Distrito
En las últimas horas la Procuraduría General de la Nación ha dado a conocer que una exfuncionaria de la Alcaldía de Cartagena tendrá que acudir a una audiencia pública para que entregue explicación sobre el proceso que le tocó atender sobre el nombramiento de la Primera Dama de Distrito.
En el comunicado de control expresa que, "La Procuraduría General de la Nación citó a audiencia pública a la exdirectora Administrativa de Talento Humano de Cartagena, Martha Catalina Carvajal Herrera, quien estuvo al frente del cargo entre enero y junio del año 2020, por presuntas irregularidades en la contratación de la llamada Primera Dama de la ciudad, Cynthia Pérez Amador".
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Por este tan sonado caso la Procuraduría Provincial de Cartagena señaló que al parecer la exfuncionaria evaluó las certificaciones académicas y de experiencia laboral presentadas por Pérez Amador, para acceder al cargo.
Ante el procedimiento ejecutado, el Ministerio Público consideró que según la funcionaria no aplicó el filtro requerido y suficiente para verificar si la Primera Dama podría ser contratada en un nivel de servicios especializados, a pesar de no cumplir los requisitos exigidos.
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Para el Ministerio Público, aparentemente esa evaluación permitió que se le fijaran unos honorarios superiores a los que en realidad le correspondían, al ser vinculada a la administración mediante un contrato de prestación de servicios con una duración de 11 meses por $77 millones.
Según el ente de control, por su nivel de formación técnica y experiencia laboral le correspondía un pago por ese mismo lapso de $24’200.000, según las normas internas de la alcaldía, lo que aparentemente pudo constituir un detrimento patrimonial para la ciudad.
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Para el órgano de control, Carvajal Herrera habría vulnerado el principio de la moralidad en la función administrativa. Por esos hechos, el Ministerio Público calificó la presunta conducta de Carvajal Herrera, como una falta gravísima cometida a título de culpa gravísima. La exfuncionaria puede rendir versión libre si así lo solicita.