Cartagena tendrá toque de queda de 10:00 p.m. a 5:00a.m. hasta el 1 de junio
La responsabilidad de los cartageneros está siendo medida por el alcalde William Dau Chamat, quien hizo oficial el decreto 0561 por medio del cual se flexibilizan las medidas restrictivas en la ciudad, con el fin de incentivar la economía.
El mandatario de los cartageneros reiteró que, no se puede mantener cerrada la ciudad indefinidamente "a estas alturas ya todo el mundo en Colombia y en Cartagena sabe que esto depende de la disciplina social".
Dau Chamat sostuvo que, a partir del 20 de mayo y hasta el 1 de junio el horario del toque de queda, en la capital del Departamento de Bolívar, será de 10:00 p.m. a 5:00 a.m.
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"Esta flexibilización en la medida fue avalada por el Ministerio de salud, tras analizar la situación de la Covid-19 en la ciudad y haciendo balance con la economía. Dependiendo del comportamiento de los ciudadanos se podría endurecer o ser más laxa", puntualizó.
En el decreto se estipula que, estará habilitado hasta la medianoche el tránsito de las personas que cuenten con invitación oficial a los eventos y/o actividades, debidamente registrados y aprobados en el piloto de eventos de la Alcaldía Mayor de Cartagena.
"El ingreso a las playas autorizadas será, desde el 20 de mayo, todos los días de 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m", añadió el mandatario.
La medida de pico y cédula no tuvo variaciones en este nuevo decreto, donde se destaca la restricción al consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes en el interior de tiendas, refresquerías, terrazas, billares, galleras, clubes y corporaciones sociales, estancos y/o licoreras y espacios públicos.
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Se permite la venta, distribución o expendio de bebidas alcohólicas o embriagantes.
Así mismo, el tránsito de vehículos turísticos tipo chiva, seguirá en el mismo horario del decreto anterior, es decir, de 9:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.
En Cartagena continúa prohibido en todo el territorio, especialmente en la Zona Norte y Zona Insular, la realización de cualquier tipo de espectáculo público y/o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos; así mismo, se prohíbe la utilización de Pick-up, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana.