Área Metropolitana de Barranquilla no ejercerá funciones como autoridad ambiental
Tras meses de polémica, luego que se anunciara la intención del Área Metropolitana de Barranquilla, de adelantar labores de seguimiento ambiental en la capital del Atlántico, desde el Concejo Distrital de Barranquilla, se confirmó que la iniciativa no prosperó y, por tanto, el ente encargado Barranquilla Verde, será el único dedicado a la función.
El presidente del Cabildo, Juan Camilo Fuentes, explicó detalles de la decisión que se tomó en debate al proyecto de presupuesto en el recinto distrital, en el que se aprobaron recursos para el organismo encargado del entorno ambiental.
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“En el día de ayer, en primer debate del proyecto de presupuesto, la administración distrital de Barranquilla, incluyó unos recursos de 8.000 millones de pesos, para el 2021, para Barranquilla Verde que es la autoridad ambiental del distrito de Barranquilla. Por lo tanto, en el corto plazo, en lo que es el 2021, Barranquilla Verde seguirá ejerciendo las competencias ambientales”, indicó el representante de la corporación edílica.
Se descarta que el AMB, como se había propuesto, adelante funciones de interés ambiental.
“El Área Metropolitana no tendrá competencia sobre el distrito de Barranquilla y, por lo tanto, lo que se aprobó hace un mes y medio, no tendría en estos momentos, aplicación; el 2021, Barranquilla Verde sigue ejerciendo las competencias dentro del Distrito de Barranquilla”, agregó el cabildante.
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El pasado 4 de septiembre, la junta del Área Metropolitana aprobó el polémico proyecto que le daba competencias a la entidad, para manejar los asuntos relacionados al tema ambiental, en los cinco municipios que conforman el área metropolitana, Barranquilla, Galapa, Soledad, Malambo y Puerto Colombia, determinación que despojaba a la CRA, Corporación Autónoma Regional, de la competencia ambiental, sobre las municipalidades.
En su momento, el director de la CRA, se pronunció en contra de la propuesta, al asegurar que se trataba de una decisión que, “desconoce la armonización de la planificación ambiental de las entidades territoriales según lo establecido en el Artículo 68 de la Ley 99 de 1993”.