Según los dueños del animal el caso se presentó a eso de las cinco y treinta de la tarde del día de ayer en el barrio Calle Nueva en Tolú, Sucre, cuando un hombre que se transportaba en una motocicleta con su novia sufrió un siniestro vial, que según este individuo se produjo gracias a que el animal le ladro reiteradamente mientras se desplazaba en el automotor, lo que dio pie para que se fuera al piso y causarle daños a la motocicleta de su propiedad.
Luego de este hecho el afectado se acercó hasta la vivienda para reclamar según el por los daños causados a la motocicleta y en vista que no le dieron una solución pronta ingresò arbitrariamente a la vivienda, en un estado emocional alterado y con el apoyo de su pareja sentimental arremete violentamente contra la integridad de la perrita, dejándola gravemente herida
Según los propietarios del animal el canino tiene el habito de ladrarlo cada vez que lo veía, debido a que esta persona en repetidas ocasiones que pasaba cerca de la perrita, le rastillaba la pata de la motocicleta con el pavimento, ocasionando que el animal se alterara, lo atacara y le ladrara.
Según refiere la propietaria: los daños que sufrió la motocicleta en el accidente de tránsito, se presentaron gracias a que el propietario de la motocicleta perdió el equilibrio y el control sobre el automotor.
De inmediato la policía se dio a la tarea de capturar a este individuo, lo cual no fue posible, así mismo se le pidió a los dueños del animal que instauren la respectiva denuncia, para que este caso no quede impune.
Con relaciòn al maltrato animal el Artículo 339A del codigo penal dice:
El que, por cualquier medio o procedimiento maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física, incurrirá en pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses, e inhabilidad especial de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
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