El Consejo de Estado dejó sin efectos el fallo que declaró nula la elección de Nemesio Raúl Roys Garzón como Gobernador de la Guajira.
La decisión la tomó la sección segunda de la corporación al concluir que se habían violado los principios de confianza legítima y la buena fe, así como los derechos al debido proceso e igualdad.
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Esa sección revisó una tutela que interpuso la defensa de Roys contra la decisión de la sección quinta de la misma corporación, la cual tumbó su elección por considerar que él había incurrido en doble militancia al haber estudiado una demanda de pérdida de investidura.
La demanda de pérdida de investidura en su contra decía que Roys, siendo candidato de la coalición ‘Un Cambio por la Guajira’ conformada por los partidos Conservador, La U, Colombia Renaciente y Cambio Radical, apoyó simultáneamente, a Abel Cujia Mendoza, quien era candidato para la Alcaldía de Uribia por el partido Liberal y a Euclides Redondo, entonces candidato para la Alcaldía de Riohacha por el partido de Reivindicación Étnica.
“Las providencias judiciales que adoptan posturas igualmente restrictivas, prohibitivas y desfavorables, no pueden cobijar eventos ocurridos en el pasado, pues ello crearía un clima de incertidumbre e inseguridad jurídica que sería de suyo inadmisible en un Estado social y democrático de derecho como el nuestro”, dice el fallo de tutela que devolvió a Roys a la gobernación.
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El fallo de tutela a favor de Roys también tumba un concepto de la Procuraduría General de la Nación que había solicitado decretar su muerte política por ese mismo hecho.
“Para el Ministerio Público, es claro que la suscripción del pacto lo fue, en tanto, evidencia una alianza política de Redondo y Roys para conseguir el favor popular bajo la promesa de trabajar juntos en las propuestas allí contenidas, de hecho, el pacto dice que es ejemplo de unidad”, decía uno de los apartes del concepto del Ministerio Publico.