Las autoridades capturaron en Montería (Córdoba), al exmagistrado de la Corte Constitucional, Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, para que cumpla una pena de seis años.
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La Corte Suprema de Justicia, ratificó la sentencia emitida en 2019 por la Sala de Primera Instancia en donde fue hallado responsable de solicitar $500 millones a la firma Fidupetrol con el fin de adelantar gestiones al interior de la Corte Constitucional.
“Para sacar airosa una acción de tutela promovida por Fidupetrol contra un fallo dictado en su contra por la Sala de Casación Penal, que le obligaba a pagar a favor de la Gobernación del Casanare, $22.500′000.000 más intereses del 10,5% anual”, se lee en el documento.
Según la corte, La decisión, adoptada por unanimidad con la participación de cuatro conjueces, ratifica la pena de prisión en centro carcelario impuesta por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, pero modifica la pena de multa, fijándola en el equivalente a 56,25 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de ocurrencia de los hechos y reduce la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas en el término de 64 meses y 15 días.
De acuerdo con la sentencia, se demostró que con el propósito de “echar por tierra” la millonaria condena impuesta por la Sala de Casación Penal en contra de Fidupetrol, Pretelt le presentó al abogado Víctor Arturo Pacheco Restrepo una fórmula u hoja de ruta para el éxito de la gestión, que incluía que Fidupetrol contratara los servicios profesionales del exmagistrado de la Corte Constitucional Rodrigo Alonso Escobar Gil, para que continuara el trámite de la acción de tutela.
En ese momento en revisión ante la Corte Constitucional y al parecer entregarían prebendas a personas que integraban el núcleo familiar del magistrado a cargo del asunto.
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“El fallo explicó que ese contexto fáctico permitió escindir dos escenarios distintos: las influencias de Fidupetrol para la selección de la tutela por parte de la Corte Constitucional, y la solicitud concusionaria, realizada inmediatamente después de la selección de la tutela para su revisión, con el fin de obtener un fallo favorable a los intereses de Fidupetrol”, se lee en el documento.
La Sala de Casación Penal precisó que el punible de concusión se consuma cuando se realiza la exigencia dineraria o de cualquier otra utilidad indebida.