Tortura en centro de rehabilitación
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12 Jun 2024 06:36 PM

Congreso aprueba Ley en contra de la tortura en las cárceles del país liderada por MinJusticia

Carol Yesenia
Rodríguez Gutiérrez
La convención contra la tortura es un instrumento internacional en contra de este crimen en cualquier circunstancia. 

El proyecto de “Protocolo facultativo de la convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”, (Opcat), liderado por el Ministerio de Justicia fue aprobado en último debate en el Congreso de la República.  

La iniciativa busca prevenir los tratos crueles, inhumanos y degradantes contra personas privadas de la libertad. Hasta ahora son 92 los Estados partes que lo han ratificado. 

“Es un mecanismo que permitirá, frente a la política penitenciaria, un esquema de vigilancia y un mecanismo consagrado a controlar actos de malos tratos o tortura y para el Estado colombiano. Este protocolo significa un avance desde la presentación que hicimos junto con otros congresistas, para que esta herramienta pueda ser vigente en el país y aúne esfuerzos en la garantía de los Derechos Humanos en el Gobierno del Cambio”, dijo el viceministro de Política criminal, Camilo Umaña.

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El Opcat fue adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas en 2002, y con su aprobación solo falta la conciliación y luego la revisión de la Corte Constitucional. 

Los Estados que ratifiquen el Opcat se comprometen con dos obligaciones principales, entre ellas, cooperar con el componente internacional correspondiente al Subcomité de las Naciones Unidas para la prevención de la tortura, y designar uno o varios mecanismos nacionales de prevención. 

Cabe destacar que los Estados que han ratificado la convención se obligan a tomar “medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole eficaces para impedir los actos de tortura en todo territorio que esté bajo su jurisdicción”, de acuerdo con la Oficina de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. 

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Adempas, se debe asegurar que todos los actos de tortura constituyan delitos conforme a su legislación penal interna, incluyendo la tentativa y cualquier tipo de complicidad o participación, para que sean castigados con penas adecuadas. 

También se obligan a mantener bajo examen sus normas, instrucciones, métodos y prácticas de interrogatorio, así como las disposiciones para la custodia y el tratamiento de las personas privadas de la libertad, a fin de evitar todo caso de tortura.