Para la temporada de navidad y fin de año extienden horario de rumba en Cartagena
En las últimas horas autoridades en Cartagena, anunciaron las medidas de orden público que se tomarán para la temporada de fin de año y navidad. A través de un decreto el alcalde de Cartagena William Dau Chamat y su equipo de gabinete dieron a conocer algunas acciones estratégicas para esta temporada alta de fin de año y año nuevo.
Según la secretaria del Interior, Ana María González, se esperan alrededor de 300 mil extranjeros para estas fechas en la ciudad de Cartagena, "en el penúltimo Consejo de Seguridad del año 2023, se evaluaron los indicadores de seguridad y convivencia de la ciudad. Se establecieron planes de acción para los retos pendientes este año. Debido a la llegada de más de 300.000 visitantes internacionales entre diciembre y enero, se estudiaron medidas y dispositivos para garantizar la seguridad en fechas como el 7, 24 y 31 de diciembre".
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Además, indicó, "se mostraron los exitosos operativos de contención realizados en San Silvestre en los años 2021 y 2022, con el objetivo de asegurar una transición de gobierno de calidad y preservar la seguridad de las personas. Además, se diseñaron dispositivos para proteger a los cartageneros durante las cenas y compras navideñas, teniendo en cuenta el riesgo asociado al cobro de primas y las compras propias de estas fechas".
Uno de los temas que generó polémica hace un año, tuvo que ver con el horario en establecimientos que comercializaban bebidas alcohólicas. Para este año, autoridades decretaron provisionalmente que, "bares, gastrobares, discotecas, estaderos, cantinas, tabernas, billares y cualquier establecimiento con venta y con consumo de bebidas alcohólicas en el local podrán funcionar desde las 10:00 de la mañana hasta las de 3:00 de la mañana y para los días especiales, 7, 24 y 31 de diciembre el horario se extiende de 10:00 de la mañana a 4 de la mañana".
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Este horario también regirá a casas de eventos, salones sociales, casinos, salones de juego localizados, con o sin venta y con consumo de bebidas alcohólicas, clubes sociales públicos o privados, cuando ofrezcan servicios o actividades de recreación y cuando expendan bebidas alcohólicas y realicen bailes o cualquier tipo de espectáculo que no sea dirigido exclusivamente a socios o accionistas, sino que sea dirigido al público en general.
Por otro lado, los restaurantes podrán funcionar, "desde las 5:00 de la mañana, pero podrán expender bebidas alcohólicas desde las 8:00 de la mañana, hasta la 2:00 de la mañana del día siguiente y los días especiales, 7, 24 y 31 de diciembre, podrán funcionar veinticuatro horas, hasta las 4:00 de la mañana del día siguiente".
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Finalmente, las tiendas, salsamentarias, estancos, licorerías, cigarrerías y similares, con venta, pero sin consumo de bebidas alcohólicas podrán funcionar de la siguiente manera, "desde las 5:00 de la mañana, pero podrán expender bebidas alcohólicas desde las 10:00 de la mañana hasta las 11:59 de la noche y los días especiales, 7, 24 y 31 de diciembre, su funcionamiento será desde las 5:00 de la mañana, pero podrán expender bebidas alcohólicas desde las 10:00 de la mañana hasta la 1:00 de la mañana del día siguiente".