No más requisitos de estudio y experiencia para alcaldes locales: Dumek tumbó el Decreto
El alcalde mayor de Cartagena, Dumek Turbay Paz, a través del Decreto 0151 del 5 de febrero de 2024, dejó sin validez los requisitos “sobre la formación académica y experiencia” que limitaban la postulación de aspirantes a las Alcaldías locales del Distrito.
De acuerdo con el nuevo decreto, con relación a los alcaldes locales, catalogados como de libre nombramiento-período fijo, los anteriores requisitos “sobre la formación académica y experiencia”, a partir de la fecha no aplicarán, y sobre el cual la actual Administración Distrital considera que no debieron efectuarse ningún tipo de modificaciones.
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Cabe resaltar que el artículo 40 de la Ley 1617 de 2013, que reglamenta de manera clara la elección de los alcaldes locales, establece que “para ser alcalde local se debe cumplir con los mismos requisitos que el alcalde distrital.
Comunicaron que el Concejo Distrital reglamentará sus funciones y asignación salarial, inhabilidades, incompatibilidades y todo lo relacionado con el cargo conforme a las disposiciones legales vigentes. Su período será el del alcalde distrital y el costo de estas asignaciones salariales será cubierto por los recursos propios del distrito.
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Afirman que más allá de la normativa vigente, no existió ninguna justificación legal válida para modificar el Manual de funciones en torno a los requisitos de quienes aspiren a ser alcaldes locales.