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26 Jun 2024 03:56 PM

Condenan a seis años de prisión a adulto mayor que falsificó firmas para vender una finca en Bolívar

Ruby
Villarreal Julio
El sujeto vendió el predio por medio de engaños.

El más reciente informe de la Fiscalía General de la Nación dio a conocer que un juez de conocimiento de Cartagena condenó a seis años de prisión domiciliaria a Luis Alberto Marrugo Hernández por las irregularidades que cometió al comercializar un predio familiar valiéndose de documentos ilegales.  

Los hechos por los que condenado, se remontan a octubre de 2009 cuando el hoy sentenciado, de 91 años, falsificó las firmas de sus cinco hermanos, uno de ellos fallecido.  

De acuerdo con el ente acusador, las labores investigativas lograron demostrar que con la adulteración de los documentos, el procesado buscó dar por válida la venta del predio por parte de sus familiares.  

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De esta manera, el procesado inscribió los documentos a su nombre en la Oficina de Registro Público haciéndose pasar por propietario de ese inmueble de 110 hectáreas ubicado en Turbaná, al norte del departamento de Bolívar. Como producto de este accionar, la finca posteriormente fue vendida por el hoy sentenciado, a una cementera. 

Por su parte, un fiscal de la Seccional Bolívar demostró que Marrugo Hernández incurrió con su proceder en el delito de fraude procesal.  

“Las pruebas demostraron que de manera dolosa hizo incurrir en error al registrador de instrumentos públicos para obtener un acto administrativo contrario a la ley. El juez ordenó, además, que se anularan las escrituras públicas de dicho bien y que se restablecieran los derechos fundamentales de sus afectados”, se lee en el documento expedido por la Fiscalía. 

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De acuerdo con el artículo 453 del Código Penal colombiano, “el que por cualquier medio fraudulento induzca en error a un servidor público para obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años, multa de doscientos (200) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años”.