Tribunal Superior de Barranquilla revocó preacuerdo entre exgerente financiera de AAA y la Fiscalía
La Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla revocó el auto proferido en enero de este año y que aprobaba un preacuerdo de Julia Margarita Serrano Monsalvo, exgerente financiera de AAA con la Fiscalía, por el delito de administración desleal agravada.
Según el documento, después de hacer varios estudios y analizarlos, el Tribunal concluyó que “la Sala deberá revocar la decisión de primera instancia y en su lugar, improbar el acuerdo celebrado".
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Según el Tribunal, Julia Serrano Monsalve y el exgerente de la compañía, Ramón Navarro Pereira, abusaron de sus funciones disponiendo irregularmente de los bienes y tomando un monto de $27.879.761.912, mediante de 54 órdenes de pedido ficticias y cuatro contratos de consultoría simulados, entre los años 2012 a 2015, en beneficio propio de la Sociedad Inassa SA.
La táctica que habrían utilizado para la toma de los dineros, era suscribir los contratos con Diego Fernando García Arias (Inassa SA) y Juan Acosta (Triple A) por valor de $4.500.000.000, violando según el operador judicial, el manual contractual de la empresa, que indica que el gerente solo puede suscribir contratos por un máximo de $644.350 millones, para la época.
No obstante, María Margarita Serrano Monsalvo, se habría encargado de elaborar los convenios los contratos, conociendo su naturaleza de ilegalidad.
Las órdenes ficticias, de acuerdo con las investigaciones, eran giradas por transferencias bancarias de AAA hasta llegar a terceros proveedores, quienes cobraban los montos en bancos y posteriormente eran entregados a Ramón Navarro Pereira.
En febrero del 2023, la Procuraduría General de la Nación le pidió al Consejo de Estado confirmar la sentencia de primera instancia y negar las súplicas de la exgerente de AAA, Julia Margarita Serrano Monsalve.
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“El Ministerio Público desvirtuó la falta de competencia para dictar fallo de segunda instancia y una supuesta indebida notificación, al no haber sido presentadas constancias ni pruebas que permitieran a Serrano sustentar dichas afirmaciones; por el contrario, la acción disciplinaria se ejerció dentro del marco legal y constitucional y la sanción disciplinaria se encuentra debidamente motivada”, señaló la Procuraduría en su momento.