Ojo al dato: Distrito de Barranquilla decreta pico y cédula y modifica medidas
Tras la expedición de un comunicado de los Ministerios del Interior y el de Salud y Protección Social, en el sentido de adoptar medidas para contrarrestar las cifras de contagios por Covid-19 y la ocupación en Unidades de Cuidados Intensivos, el Distrito de Barranquilla anunció que acogerá la disposición del Gobierno Nacional.
En este sentido, el decreto de toque de queda y la ley seca, ordenado por el alcalde Jaime Pumarejo Heins, el pasado lunes, se adelanta una hora, es decir, pasa de iniciar a las 11:00 de la noche, a comenzar a las 10:00 de la noche.
Igualmente se decreta la medida del pico y cédula para restringir la movilización y adquisición de bienes y servicios en la jurisdicción de Barranquilla, con las excepciones para casos especiales en el decreto.
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El decreto restringe, “el acceso de personas a lugares privados abiertos al público y a todo tipo de establecimientos y locales comerciales, de acuerdo con el último dígito de su documento de identidad, como medida para garantizar el distanciamiento individual responsable y evitar aglomeraciones”.
La norma se aplica desde el jueves 25 de marzo, iniciando con dígito impar, de manera alternativa sucesivamente, hasta el domingo 4 de abril.
En la medida de pico y cédula el Gobierno Nacional estableció excepciones para los hoteles, los establecimientos de la industria gastronómica y los parques.
De acuerdo al comunicado de la autoridad distrital que adapta la norma local, a las determinaciones del Gobierno Nacional, en cuanto a toque de queda y ley seca, “se modifican los parágrafos 1 y 2, del artículo 2 del Decreto Distrital 051 de 2021”.
Parágrafo 1. Toque de queda para fines de semana y Semana Santa: “Se restringe la circulación de personas y vehículos en la jurisdicción del Distrito de Barranquilla, como medida excepcional, de conformidad con la parte motiva del presente decreto”.
- Jueves 25 de marzo de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día viernes 26 de marzo de 2021, a las 05:00 a.m.
- Viernes 26 de marzo de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día sábado 27 de marzo de 2021, a las 05:00 a.m.
- Sábado 27 de marzo de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día domingo 28 de marzo a las 05:00 a.m.
- Domingo 28 de marzo de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día lunes 29 de marzo de 2021, a las 05:00 a.m.
- Miércoles 31 de marzo de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día jueves 1° de abril de 2021, a las 5:00 a.m.
- Jueves, 01 de abril de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día viernes 02 de abril de 2021, a las 05:00 a.m.
- Viernes 02 de abril de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día sábado 03 de abril de 2021, a las 05:00 a.m.
- Sábado 03 de abril de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día domingo 04 de abril de 2021, a las 05:00 a.m.
- Domingo 04 de abril de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día lunes 5 de abril de 2021, a las 05:00 a.m.
Parágrafo 2. “Ley seca para fines de semana y Semana Santa: Se prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y embriagantes en la jurisdicción del Distrito de Barranquilla”.
- Jueves 25 de marzo de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día viernes 26 de marzo de 2021, a las 05:00 a.m.
- Viernes 26 de marzo de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día sábado 27 de marzo de 2021, a las 05:00 a.m.
- Sábado 27 de marzo de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día domingo 28 de marzo, a las 05:00 a.m.
- Domingo 28 de marzo de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día lunes 29 de marzo de 2021, a las 05:00 a.m.
- Miércoles 31 de marzo de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día jueves 1° de abril de 2021, a las 5:00 a.m.
- Jueves 1° de abril de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día viernes 02 de abril de 2021, a las 05:00 a.m.
- Viernes 02 de abril de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día sábado 03 de abril de 2021, a las 05:00 a.m.
- Sábado 03 de abril de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día domingo 04 de abril de 2021, a las 05:00 a.m.
- Domingo 04 de abril de 2021, desde las 10:00 p.m. hasta el día lunes 5 de abril de 2021, a las 05:00 a.m.