Por aumento de ocupación UCI extienden toque de queda y pico y cédula en Cartagena
Las medidas de toque de queda y pico y cedula, para contener la propagación del covid-19 en Cartagena fueron extendidas hasta el lunes 10 de mayo, debido al aumento de ocupación de camas de Unidades de Cuidados Intensivos que se encuentra en un 80%.
El Ministerio de Salud y Protección Social notificó que, durante el primer fin de semana del mes de mayo, se reportaron 1078 nuevos casos de covid-19 en la ciudad y 14 fallecidos por el virus.
"El sábado 1 de mayo se notificaron 501 casos de covid-19 y 4 muertos, el domingo 2 de mayo se conocieron 577 contagios y 10 fallecidos por el virus", detalló Minsalud.
El alcalde William Dau Chamat, mediante el decreto 0428 del 30 de abril, ordenó que continúa desde el lunes 3 de mayo hasta el 10 de mayo, el toque de queda nocturno desde las 8:00 pm de cada día, hasta las 5:00 am. del día siguiente.
El mandatario local estipuló que el toque de queda que esta vigente los fines de semana desde las 12:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. de cada día, iniciará a las 2:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente.
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"El acceso a las playas continuará restringido los fines de semana, de lunes a viernes el horario esta comprendo desde las 8:00 a.m. hasta las 2:00 p.m.; la medida de pico y cédula sigue vigente, iniciando la semana con dígitos impares", sostuvo el mandatario local.
Lunes 03/05/2021 1-3-5-7-9
Martes 04/05/2021 0-2-4-6-8
Miércoles 05/05/2021 1-3-5-7-9
Jueves 06/05/2021 0-2-4-6-8
Viernes 07/05/2021 1-3-5-7-9
Sábado 08/05/2021 0-2-4-6-8
Domingo 09/05/2021 1-3-5-7-9
Con este nuevo decreto el tránsito de chivas turísticas dejó de estar restringido, el nuevo horario será 9:00 a.m. a 6:00 p.m., de lunes a viernes y los fines de semana desde las 9:00 a.m. a 12 del mediodía.
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"El gobierno distrital habilita entre las 8:00 pm y las 12:00 de la medianoche, el tránsito de las personas que cuenten con invitación oficial a los eventos y/o actividades, debidamente registrados en el piloto de eventos de la Alcaldía Mayor de Cartagena", informó Dau.
Durante la vigencia del presente decreto, se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes en el interior de tiendas, refresquerías, terrazas, billares, galleras, clubes y corporaciones sociales, estancos y/o licoreras y espacios públicos.
No está prohibida la venta, distribución o expendio de bebidas alcohólicas o embriagantes.
"También queda prohibido en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias, especialmente en la Zona Norte e Insular, la realización de cualquier tipo de espectáculo público y/o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos; así mismo se prohíbe la utilización de picó, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana", detalló la alcaldía.
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El gobierno distrital recomendó que las actividades académicas de los colegios, continúe en la modalidad virtual, como medida para prevenir y controlar el Covid-19.