A partir del 1 de abril, la medida del pico y placa en Cartagena cambió en su rotación, tal como lo establece el Decreto No. 002 del 2024, el cual indica que trimestralmente deberá cambiar la circulación. Para este martes, 2 de abril, la rotación rige de la siguiente manera:
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Carros particulares
De acuerdo con el decreto, la medida para carros particulares aplica desde las 7:00 a. m. hasta las 9:00 a. m., de 12:00 m. a 2:00 p. m. y de 6:00 p. m. a 8:00 p. m., de lunes a viernes, con excepción de los días festivos y fines de semana.
Martes 2 de abril: 3 y 4
Motocicletas
Para este tipo de vehículos la medida aplica en horario de lunes a viernes, excepto los días festivos entre las 5:00 a.m. y las 11:00 p.m.
Martes 2 de abril: 3 y 4
La restricción corresponde para las motocicletas de cualquier modalidad y cilindraje, lo cual incluye cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas con pedaleo asistido con motor. Igualmente, también aplica la medida que prohíbe el parrillero hombre en los siguientes barrios: Bocagrande, Manga, El Laguito, Castillogrande, El Cabrero, Crespo, El Bosque, Alto Bosque, Pie de la Popa y El Recreo.
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Taxis
El pico y placa de taxis cambia mensualmente, por lo que esta nueva rotación regirá hasta el 26 de abril, entre las 6:00 a. m. y las 6:00 a. m. del día siguiente.
Martes 2 de abril: 7 y 8
Este tipo de vehículos pueden circular durante la restricción, siempre y cuando se encuentren en labores de mantenimiento, es por ello que deben desmontar la silla trasera y llevar un aviso al interior del carro que indique “Vehículo en mantenimiento por pico y placa”.
Quienes infrinjan la media del pico y placa, recibirán una sanción económica correspondiente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes ($650.000), además de la inmovilización del vehículo.