No sea sorprendido manejando su carro en su día de pico y placa, según lo estipulado en el decreto, deberá pagar una multa por no saber cómo aplica la medida en Cartagena de Indias. Recuerde cómo es la restricción, según el día de la semana:
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Carros Particulares:
El Decreto 0002 de 2024, para carros particulares las restricciones rigen de 7 a.m. a 9 a.m., de 12 m. a 2 p.m. y de 6 p.m. a 8 p.m. Se limita la circulación de acuerdo al último dígito de la placa así:
Lunes 19: 9 y 0.
Martes 20: 1 y 2.
Miércoles 21: 3 y 4.
Jueves 22: 5 y 6.
Viernes 23: 7 y 8.
Pico y placa Taxis
El Decreto 1145 del 25 de agosto de 2023 estipula que el pico y placa para taxis rige entre las 6 a. m. y las 6 a.m. del día siguiente, incluso en los días festivos.
Lunes 19: 1 y 2.
Martes 20: 3 y 4.
Miércoles 21: 5 y 6.
Jueves 22: 7 y 8.
Viernes 23: 9 y 0.
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Pico y placa para motocicletas:
El Decreto 0007 de 2024 establece que el pico y placa de motos rige entre las 5 a.m. y las 11 p.m. Se restringe la circulación de acuerdo al último dígito de la placa. No hay Día sin moto en Cartagena.
Lunes 19: 9 y 0.
Martes 20: 1 y 2.
Miércoles 21: 3 y 4.
Jueves 22: 5 y 6.
Viernes 23: 7 y 8.