Después de hacer un detallado análisis de los hechos que afectan la convivencia y la seguridad en la ciudad, como el homicidio, el hurto y otros delitos, el Distrito de Cartagena restringió el horario de funcionamiento de los establecimientos de comercio donde se expenden y se consumen bebidas alcohólicas, con el fin de preservar el orden público, a través del Decreto 0866 del 7 de junio de 2022. Esta medida aplica en por lo menos 120 barrios y sectores de la Heroica y tendrá una duración de 12 meses.
En el decreto se ratifica la prohibición de uso de picó u otro artefacto de amplificación sonora en eventos privados será por un término de tres meses, a partir de la entrada en vigencia de este decreto.
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Así mismo, los eventos deberán cumplir con la normatividad exigida por la ley ante la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana, como única dependencia autorizada para expedir este tipo de permisos.
En el decreto se le recuerda a las alcaldías locales que deben abstenerse de otorgar permisos de extensión de horarios a los establecimientos de comercio los días domingo y lunes en los barrios donde rige esta medida, es decir entre 10:00 p.m , y 12:00 del mediodía. Los permisos otorgados por las alcaldías locales o cualquier otra autoridad quedarán suspendidos.
Igualmente, la vigilancia y control al cumplimiento de lo dispuesto en este decreto le corresponde a la Policía Nacional, que adoptará las medidas necesarias para hacer efectivas las restricciones dispuestas.